AMIC Seguro enfermedades graves
Escrito por Lorena el 3 junio, 2010AMIC, se encarga de más que cumplir la función de los seguros de salud siendo un seguro sanitario que se ocupa de las enfermedades graves, ofreciendo “AMIC Seguro Enfermedades Graves”.
Es así que, Vive la Vida es definido como un Seguro Individual de Enfermedades Graves que garantiza el pago del capital asegurado ante un diagnóstico referido a alguna de las enfermedades graves que están cubierta por la póliza.
En cuanto a las enfermedades que cubre, existen 3 tipos de modalidades de cobertura, dentro de las que se agrupan varias enfermedades:
Enfermedad Grave:
-Cáncer
-Accidente cerebro-vascular
-Infarto agudo de miocardio
-Insuficiencia renal
-Afección de la arteria coronaria que exija cirugía
-Trasplante de órganos vitales
-Parálisis
Si el Asegurado se le diagnosticara alguna de las enfermedades que están cubiertas por la póliza, en ese caso tendrá que notificarlo a AMIC y adjuntar el Certificado Médico Oficial.
Tras verificar el diagnóstico por los Servicios Médicos de AMIC, se abonará al pago del 100% del capital asegurado, bajo la condición de que el Asegurado sobreviva un mínimo de 30 días desde la fecha del primer diagnostico de la enfermedad.
El Capital a asegurar se podrá escoger por parte del Tomador del Seguro, de un mínimo de 6.000€ a un máximo de 120.000€. Se trata de un seguro anual renovable.
Mientras que la finalidad de la indemnización será para los gastos que del tratamiento de la enfermedad, el Asegurado tendrá el 100% del capital percibido.
Lo podrán contratar, los Ingenieros e Ingenieros Técnicos, los profesionales o los técnicos que tengan su actividad ligada con la Ingeniería y las sociedades participadas por parte de Asociación Mutualista de la Ingeniería Civil. Además de los Estudiantes de alguna titulación oficial de Ingeniería o Ingeniería Técnica, bajo la condición de que sean presentados a AMIC Mutualidad por parte de una Asociación, o por un Colegio Oficial de Ingeniería o Ingeniería Técnica.
En cuanto a la edad límite es de 64 años para la modalidad 1ª, y de 59 años para la 2ª ó 3ª, mientras que la edad límite hasta la que podrán mantener el seguro llega a los 70 años.
Tiene la ventaja de ser compatible con otros seguros, de tener otro seguro la indemnización será acumulada junto a cualquier otra que haya sido contratada.
Otra de las ventajas es que se puede fraccionar el pago de la prima anual en forma trimestral o semestralmente, sin tener algún recargo. Aunque podrá fraccionarse solamente cuando el resultado de cada recibo fraccionado sea mayor a 180€.
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