Caser Salud Mutualistas
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Caser Salud Mutualistas

CASER presenta su seguro “Caser Salud Mutualistas” para aquellos mutualistas que deseen tener un seguro médico que les garantice un adecuado equilibrio entre precio y calidad y no sólo las usuales coberturas que ofrecen los seguros de salud.

Caser Salud Mutualistas, ofrece ventajas para los mutualistas como la posibilidad de poder realizar todos los trámites por teléfono, orientación y urgencias médicas las 24 hs. y además el asegurado de Caser tiene la posibilidad de concurrir a cualquiera de los facultativos que figure en el Catálogo de Servicios.

Quedarán excluidos de la póliza, quedando a cargo de los asegurados los servicios de:
-Empastes (exceptuando casos incluidos en el Programa de Salud Bucodental Infantil)
-Prótesis dentarias
-Endodoncias, ortodoncia
-Implantes osteointegrados (exceptuando cuando sean derivados de accidente de servicio o enfermedad profesional)
-Odontoestomalogía “pruebas diagnósticas” referidas a estos tratamientos.

- Cirugía estética que no esté ligado a un accidente, enfermedad o malformación congénita.

- En Asistencia Psiquiátrica incluye el diagnóstico y seguimiento clínico y la psicofarmacoterapia, excluyendo el psicoanálisis, hipnosis, narcolepsia ambulatoria y tests psicológicos, así como el internamiento de pacientes afectados de Alzeimer.

- En Rehabilitación, la obligación de Caser finalizará una vez que se haya producido la recuperación totalmente o el máximo posible de ésta, al haber entrado el proceso en un estado de estabilización insuperable o al convertirse en terapia de mantenimiento y ocupacional.

- Homeopatía y Acupuntura y Cualquier terapia Alternativa

Programa de Salud Bucodental:

La cobertura incluye el tratamiento de afecciones estomatológicas en general, incluida cualquier tipo de extracciones, limpieza bucal una vez por año o bajo informe del facultativo especialista, y la periodoncia.

Incluirá el programa de salud bucodental para niños menores de 15 años (revisiones periódicas, aplicación de flúor tópico, selladores oclusales o empastes).

Quedando excluidos, tanto en coste y colocación, los empastes -salvo las obturaciones del programa de salud buco-dental-, la endodoncia, las prótesis dentarias y los implantes osteointegrados y la ortodoncia.

Además Caser aclara que, los profesionales del cuadro médico de Caser no están obligados de recetar medicamentos ni exploraciones (análisis, radiografías) que sean prescritos por otros médicos ajenos al cuadro médico de Caser.

Estas son las prestaciones que tienen que ser autorizadas por Caser previamente:

Hospitalizaciones:
-Hospitalización.
-Hospitalización de día.
-Hospitalización domiciliaria.

Técnicas diagnósticas, tratamientos y técnicas quirúrgicas:
-Cirugía ambulatoria.
-Odontoestomatología: Tartrectomía y Periodoncia.
-Rehabilitación y Fisioterapia.
-Terapias Respiratorias: Oxigenoterapia, ventiloterapia y aerosolterapia a domicilio.
-Tratamiento de diálisis peritoneal y hemodiálisis.
-Oncología: Inmunoterapia y Quimioterapia, Cobaltoterapia, Radiumterapia e Isótopos Radiactivos, Braquiterapia y Acelerador Lineal.
-Diagnóstico por imagen: Tomografía Axial Computerizada, Resonancia Magnética,
-Ortopantomografía,Mamografía, Radiología Intervencionista, PET-TAC, Gammagrafía, Doppler y Densitometría Ósea.
-Estudios neurofisiológicos: EEG, EMG, ENG.
-Estudio y tratamiento endoscópico.
-Cardiología: Estudios y tratamientos hemodinámicos.
-Obstetricia: Amniocentesis.
-Oftalmología: Retinografía y tratamiento láser.
-Tratamiento en Unidad del Dolor.
-Estudio y tratamiento en Unidad del Sueño.
-Litotricia renal.
-Psicoterapia.

- Asistencia a médicos consultores.
- Podología.
- Todos los servicios del nivel IV, salvo consultas de especialistas, y Servicios de Referencia Servicios asistenciales correspondiente al nivel IV de asistencia sanitaria.

Situaciones asistenciales excepcionales:
Si se produjeran casos de urgencia vital, el Asegurado en esa situación podrá ser atendido de manera excepcional en Centros No Concertados, aunque deberá comunicarlo a la Entidad, deberá para ello presentar, la documentación que acredite el ingreso de extrema urgencia. Caser aclara que tras ser salvada esa urgencia vital deberá ser trasladado; ya que si no sucede, dicha estancia en el Centro no concertado, deberá ser bajo total responsabilidad del asegurado.

En tanto que en Accidentes de Tráfico, ante la eventual asistencia sanitaria por lesiones ocasionadas o enfermedad derivada o agravada por accidentes que estén cubiertos por cualquier modalidad de seguro obligatorio cuando el coste de la asistencia sanitaria prestada deba ser satisfecho legal o reglamentariamente por organismos públicos que no sean de MUFACE o entidades privadas.

Ingreso Ante Facultativo Ajeno:
Caser no se hará responsable de ningún ingreso sanatorial que esté prescrito y atendido por facultativo ajeno a su Listado Médico Actual. Aunque de manera excepcional, podrá autorizarse este ingreso cuando concurran ciertas eventualidades:

-Que una continuidad asistencial al Asegurado de Caser por el mismo facultativo en procesos patológicos graves.

-Que dicho facultativo sea familiar del paciente, hasta el quinto grado de parentesco, por consanguinidad o por afinidad.

De ser aceptada esta situación, entonces Caser se hará cargo de todos los gastos respecto a la asistencia hospitalaria, mientras que, el Asegurado deberá responsabilizarse de los honorarios del facultativo, de demás profesionales como ser: ayudante, anestesista, matrona.

Urgencia Extrahospitalaria en poblaciones que cuenten con menos de 20.000 habitantes.

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