Examen medico realizado por especialista competitivo
Escrito por angie el 24 enero, 2012
La federación española de ciclismo ha querido concienciar a los dirigentes del deporte sobre la falta de regulación de los reconocimientos médicos para obtener una licencia federativa mediante el expeditivo método de dejar de exigirlos a sus practicantes. Así, a partir del 1 de enero, quien quiera federarse como ciclista no deberá pasar antes por el médico.
“El Consejo Superior de Deportes (CSD), al que consultamos antes de tomar la decisión, no obliga a hacer reconocimientos, y el ciclismo era el único deporte que los practicaba, ni el atletismo, ni el triatlón ni otros deportes con un fuerte componente de competiciones populares los exigen”, esto decía el presidente de la federación de ciclismo, Carlos Castaño, quien garantiza la decisión tomada el 11 de noviembre pasado por la comisión delegada de su federación. “Lo hemos hecho para provocar, para presionar, para lograr que alguien tome cartas en el asunto”.
La situación que quiere descubrir, que quiere disponer, Castaño, es, según su propia descripción, una en la que, al no estar regulado, el reconocimiento médico es puramente un trámite mediante el que, previo pago de 30 a 50 euros, se obtiene un papel, un certificado que no garantiza nada.
“Muchos se hacen los reconocimientos en los gabinetes psicopedagógicos del carné de conducir y el permiso de armas”, dice Castaño. “El reconocimiento no está regulado. Vale cualquier certificado emitido por un médico cualquiera. Nosotros queremos que se hagan como Dios manda, por un médico deportivo, y esperamos que el CSD regule definitivamente qué pruebas deben superarse -electrocardiograma, pruebas de esfuerzo…- para dar la licencia”.
Tanto en ciclismo como en atletismo, la mayoría de las licencias que se emiten son las llamadas “de un día”, aptas para participar con todo tipo de seguros en pruebas y marchas populares que cada vez convocan a más aficionados.
El reconocimiento médico, obligatorio en otros países como Francia o Italia, supone un encarecimiento de la licencia.
Ninguna ley acuerda que los reconocimientos médicos sean obligatorios en España, pero la ley orgánica de protección de la salud y de lucha contra el dopaje da por sentada su existencia y señala en su artículo tercero que la comisión de control y seguimiento de la salud y el dopaje, integrada en el CSD, deberá “informar sobre las condiciones de los reconocimientos médicos” y de la “homologación de las pruebas y protocolos” que los integran “de acuerdo con las exigencias de las modalidades deportivas”.
Y en su artículo 49 añade que también “determinará la obligación de efectuar reconocimientos médicos previos a la expedición de la licencia federativa en aquellos deportes que considere necesario”.






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